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Amplían aforos de comercios y actividades

El Comité Técnico para la Atención de COVID-19 determinó, por unanimidad, que el estado de Querétaro transitará a un Escenario A modificado, a partir de la publicación del acuerdo correspondiente en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga”, y en el cual se autoriza un incremento en los aforos vigentes desde el pasado 9 de octubre.

Esta resolución, que se mantendrá vigente hasta el lunes 13 de diciembre, fue sustentada en el comportamiento que ha presentado la enfermedad durante las últimas semanas, caracterizadas por una positividad estable, la baja ocupación hospitalaria, así como una reducción en el número de casos activos, y un incremento en la movilidad por festividades como el Día de Muertos.

Los especialistas coincidieron en que la participación activa de la sociedad en las jornadas de vacunación contra COVID-19, así como los cuidados de las medidas no farmacológicas han sido importantes para mitigar los contagios, por lo que la ciudadanía ha acreditado que es posible ampliar algunos aforos para apoyar en la reactivación económica, en equilibrio con la protección a la salud de las y los queretanos.

El ajuste del Escenario A modificado conlleva incremento en aforos en diversas actividades económicas, por lo que se invita a la población a no bajar la guardia frente a una pandemia que se mantiene activa, de igual forma se llamó a respetar las medidas de prevención sanitarias: usar adecuadamente el cubreboca, lavar constantemente sus manos con agua y jabón o usar alcohol en gel, mantener sana distancia y ventilar los espacios en los que se encuentre.

Las medidas que considera el Escenario A son:

Industria manufacturera, establecimientos industriales: Observar los “Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de las actividades económicas”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020. Sin restricción de horarios. En oficinas en general, se deberá contar con medidor de CO2, desarrollar y aplicar los protocolos para controlar sus niveles, y contar con una bitácora de registro.

Farmacias, dispensarios médicos: Horario de cierre de acuerdo con la licencia de funcionamiento. 85% de ocupación. Contar con medidor de CO2, desarrollar y aplicar los protocolos para controlar los niveles de CO2 y contar con una bitácora de registro. Uso obligatorio de cubreboca.

Centros Comerciales: Cierre de acuerdo con licencia de funcionamiento, 75 por ciento de ocupación, con uso obligatorio de cubreboca.

Comercio en general y prestación de servicios profesionales, servicios financieros: Cierre de acuerdo con licencia de funcionamiento, 85 por ciento de ocupación. Contar con medidor de CO2, desarrollar y aplicar los protocolos para controlar los niveles de CO2 y contar con una bitácora de registro. Uso de cubreboca obligatorio.

Supermercados y tiendas de conveniencia: Cierre de acuerdo con licencia de funcionamiento, 85 por ciento de ocupación. Contar con medidor de CO2, desarrollar y aplicar los protocolos para controlar los niveles de CO2 y contar con una bitácora de registro. Uso obligatorio de cubreboca.

Restaurantes y/o Cafeterías (incluye restaurantes en viñedos): Cierre de acuerdo con la Licencia de Funcionamiento. En espacios cerrados se garantizará que se cumpla con la sana distancia manteniendo dos metros entre respaldo y respaldo de las sillas de comensales y/o mantener un máximo de 85% de ocupación. En caso de terrazas o sitios al aire libre, los pasillos o distancia entre las mesas no podrá ser menor a 1.5 metros y/o mantener un máximo de 85% de ocupación. Uso de cubrebocas obligatorio al transitar dentro del local.

En espacios cerrados, contar con medidor de CO2, desarrollar y aplicar los protocolos para controlar los niveles de CO2 y contar con una bitácora de registro. Colocar en un lugar visible al público (entrada) el protocolo a seguir por parte del Comité Técnico para la Atención del COVID-19, con medidas de 1 metro por 1 metro.

Centros nocturnos, casinos, cantinas y bares: Cierre de acuerdo con la licencia de funcionamiento. En espacios cerrados se garantizará que se cumpla con la sana distancia manteniendo 2 metros entre respaldo y respaldo de las sillas de comensales y/o mantener un máximo de 85% de ocupación. En caso de terrazas o sitios al aire libre, los pasillos o distancia entre las mesas no podrá ser menor a 1.5 metros y/o mantener un máximo de 85% de ocupación. Uso de cubrebocas obligatorio al transitar dentro del local.

En espacios cerrados contar con medidor de CO2 y desarrollar y aplicar los protocolos para controlar los niveles de CO2 y contar con una bitácora de registro. Deberá observar el horario para la venta de bebidas alcohólicas.

Venta de bebidas alcohólicas: De acuerdo a la licencia de funcionamiento, todos los días de la semana.

Hoteles y moteles: Hasta 85% de ocupación en habitaciones, 85% de aforo en espacios comunes. Salones de eventos observando lineamientos de “Eventos masivos”. Los centros de consumo deberán observar mismos aforos y horarios que los “Restaurantes y/o cafeterías” y “Centros Nocturnos”, así como la “Venta de Bebidas Alcohólicas”, entre muchas otras que pueden ser consultadas en las redes sociales oficiales de Gobierno del Estado.