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SICT y Gobierno de la Ciudad de México acuerdan recursos adicionales al Tren México-Toluca

A efecto de agilizar y garantizar la continuidad de los trabajos del Tren Interurbano México-Toluca (TIMT), la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y el Gobierno de la Ciudad de México convinieron en una reasignación de recursos adicionales por 350 millones de pesos a tramo de la obra.

El Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos para el TIMT, fue rubricado por el titular de la SICT, Ing. Civil Jorge Arganis Díaz-Leal y la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo.

La reasignación de recursos adicionales, que sumarán en total mil 300 millones de pesos con respecto a los fijados hasta marzo de este año (950 millones de pesos), se destinarán a la construcción de un tramo ferroviario de doble vía del «Tren Interurbano de Pasajeros Toluca-Valle de México”.

Este tiene su origen en la salida de los túneles sobre la autopista México-Toluca con una estación en Santa Fe y una terminal en el Centro de Transferencia Integral de Observatorio, tramo denominado «Túnel Metro Observatorio» de 16+935 kilómetros de longitud, con inicio en el kilómetro 40+765 y terminación en el kilómetro 57+700, en la Ciudad de México.

El Convenio Modificatorio explica que la cláusula Décima Tercera-Modificaciones al Convenio señala que éste podrá llevarse a cabo de común acuerdo (SICT-Gobierno de la Ciudad de México) y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

La Dirección General de Programación y Presupuesto “B” de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante oficio No. 312.A. 1128 de fecha 28 de abril de 2022, emitió dictamen de suficiencia presupuestaria para que la SICT reasigne recursos adicionales al Gobierno de la Ciudad de México para llevar adelante las obras del TIMT.

Se modifica de igual forma la descripción de trabajos del programa y el relativo al calendario de reasignación del Convenio, a excepción del resto de las disposiciones, que continuarán vigentes en los términos y condiciones originalmente estipulados, añade.