Al considerar frívola y superficial la resolución del Instituto Electoral del Estado de Querétaro que declara inexistente la infracción atribuida al diputado federal panista Felipe Fernando Macías Olvera, acusado por violar la normatividad electoral, el partido Morena anunció que este viernes interpuso el recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro.
La maestra en derecho Susana Rocío Rojas Rodríguez, representante suplente de Morena ante el Consejo General del IEEQ, explicó que este instituto fue omiso porque no agotó el principio de exhaustividad ni ejerció a cabalidad sus facultades indagatorias.
Es decir, “su conducta resolutiva no fue de forma seria, congruente, idónea, eficaz, expedita, completa y exhaustiva”.En fecha 28 de junio del presente, el diputado panista fue denunciado por Morena mediante el Procedimiento Ordinario Sancionador IIEQ/POS/005/2019-P, acusado de usar a escolares menores de edad para fines de propaganda personal mediante el uso de programas del gobierno del estado de Querétaro, sin el consentimiento y la debida protección jurídica para las niñas y los niños.
“Su participación inadecuada en propaganda político-electoral podría transformarse en una condición de riesgo por el que se pueden fomentar estereotipos; inducir a la identificación de las personas menores de edad con aspectos ideológicos o preferencias políticas que en su etapa adulta no compartan, producir escarnio social o consecuencias de identificación que incluso lleguen a la estigmatización de éstos, todo lo cual puede poner en riesgo su integridad física, psíquica y moral”.
En su defensa, el diputado argumentó que su asistencia a escuelas de preescolar, primaria y secundaria fue en carácter de invitado. Sin embargo, en sus redes sociales ya había manifestado que acudió en representación del gobernador del estado para entregar útiles escolares, contraposición que no fue estudiada por el órgano electoral, pues el Estado de Querétaro y la Cámara de Diputados son entidades autónomas y soberanas.
En concreto –concluyó Rojas Rodríguez—el Instituto Electoral no entró realmente al fondo del asunto. Y “es por esta razón, entre otras, de señalar que la responsable emite una resolución ilegal e incongruente dado que distorsiona y altera lo pedido en la queja”.
Cabe observar que el único voto en contra de la resolución del IEEQ fue el del consejero Luis Espíndola Morales.