Most Viewed

Categories

  • No hay categorías

El paradigma laboral actual eleva las relaciones laborales con perspectiva humana y la corresponsabilidad para llegar a acuerdos

Durante el séptimo tema de la capacitación: “Generalidades de la Reforma Laboral en México”, el coordinador del Comité Laboral de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE), Javier Atzin Vallejo Rodríguez, destacó en su ponencia: “Aspectos administrativos, procesales y estructura documental de los centros de trabajo”, que el nuevo modelo de justicia laboral, concibe a las relaciones humanas con una perspectiva humana.

Para ello, subrayó también la necesidad de capacitar liderazgos, que permitan que los asuntos laborales se solucionen mediante el diálogo, con acuerdos o preparar debidamente el proceso para judicializarlos.

“Si concientizamos al personal, lo capacitamos en estos temas de liderazgo y además haciendo hincapié de que las relaciones laborales se deben llevar a cabo con una perspectiva humana, ya no vamos a arriesgar (…), vamos a resolver la mayoría de los conflictos dentro de la organización. Y si no es así, por lo menos ya sabemos cuáles son las posibles consecuencias, nuestras obligaciones o los medios de defensa que podemos utilizar para ello”.

El especialista en materia laboral, reiteró la importancia de mantener relaciones de trabajo que no arriesguen la estabilidad tanto de los trabajadores, como de la propia empresa.

Javier Atzin puntualizó que la administración de justicia debe ser impartida bajo el nuevo paradigma establecido en el artículo 1º de la Carta Magna; esto es, mediante la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos establecidos en ésta, como en los Tratados Internacionales de los que México sea parte y bajo los siguientes principios: pro persona, interpretación conforme, universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Asimismo, detalló que el principal cambio en la administración de justicia, es que es más estricta y el actuar de los abogados y los patrones debe estar apegada a la ley, lo cual marca un “salto cuántico”, dijo, en la forma como ahora se resolverán los asuntos laborales.

Anticipó que de lo contrario se podrían adquirir responsabilidades penales tanto como representante legal de una empresa, como las y los patrones.

Dentro de las obligaciones de las y los trabajadores, así como de las y los patrones, establecidas en la Constitución Mexicana, así como en la Ley Federal del Trabajo, se encuentra la capacitación a las y los trabajadores. El incumplimiento de esta actividad, repercute en acciones legales o contractuales.

Es decir, la omisión del patrón para proporcionarla o la negativa del trabajador a recibirla en forma repetitiva, puede constituirse en una causal rescisoria análoga a la falta de probidad y honradez, cuando tal incumplimiento negligente y reiterativamente sistemático, entrañe un proceder con mengua de rectitud de ánimo, revistiendo tal gravedad, que traiga como consecuencia la imposibilidad de continuar con la relación laboral, explicó el ponente.

Por otro lado, el especialista señaló que, para evitar la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia, acoso u hostigamiento, así como evitar el trabajo forzoso e infantil, se implementan en las empresas, protocolos que atienden estas materias.

Para una correcta administración de justicia manifestó como necesaria una buena gestión documental y mitigar riesgos asegurando el cumplimiento de la normatividad y de las leyes.